Por todos los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por ROBERTO ALI COLMENARES, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.764, actuando como apoderado de la ciudadana GUILLERMINA DEL CARMEN HERCULES, parte actora en el presente procedimiento, en el juicio que sigue contra la empresa LABORATORIOS VARGAS C.A., en causa signada bajo el Nro. AP21-L-2015-003006, contra el auto de fecha 10-02-2016, dictado por el Juzgado (12º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación interpuesta por la parte actora en contra del acta levantada en fecha 03-02-2016. SEGUNDO: Se Confirma el auto recurrido......