PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana MARÍA GILMA ORDÓÑEZ CASTILLO contra INVERSIONES LUNCHERÍA EL NUEVO PASO C.A, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos con base a un salario normal diario de Bs.F 24,28 del lapso comprendido desde el mes de junio de 2007 a diciembre de 2007 y de enero de 2008 al mes de marzo de 2008 Bs.F 28,57 diarios; que es igual a un salario integral diario de Bs.F 25,76 en el lapso comprendido desde el mes de de junio de 2007 a diciembre de 2007 y de enero de 2008 al mes de marzo de 2008 Bs.F 30,31: 1- Prestación de antigüedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la cantidad de 30 días en base a un salario integral diario devengado en el mes correspondiente Bs.F 841,30, mas el pago de sus intereses los cuales serán cuantificados mediante un experticia c.....