PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 06 de marzo de 2024, por las partes actuantes en este proceso, parte demandante, ciudadanos MARIA MARGARITA GRILLO DE PEREZ-MAJUL, ANA MARGARITA LARES DE GRILLO, SARA GRILLO LARES, MANUEL GUILLERMO GRILLO HOGAN, OSWALDO EVENCIO GRILLO GARCÍA y VICTORIA GRILLO GARCÍA, representados por su apoderado judicial, ciudadano ALEJANDRO LARES DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 17.680; y parte demandada, ciudadano MIGUEL OSWALDO GRILLO HOGAN CALDERON, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIANELLA VILLEGAS SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.884.
SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes en la presente decisión, de acuerdo con la Sentencia Nro. 000386 del 12 de Agosto de 2022, Exp.: Nº AA20-C-2021-000213, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, referente a la práctica de la notificación a través de medios telemáticos, informáticos y de comunicación (TIC) disponibles.