CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ANTULIO MOYA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 21.562, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha diez (10) de febrero de 2025, por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido. TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado que el Juez de Sustanciación admita la presente demanda. CUARTO: No habiendo condenatoria en costas.