DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE FERNANDO LEAL SANCHEZ titular de al cédula de identidad Nº V- 9.217.691 contra la entidad de trabajo RESTAURANT PIZZERIA LUCKY LUCIANO S C.A.; SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar los conceptos condenados en la parte motiva del fallo en extenso; TERCERO: No hay condenatoria en costa, vista la naturaleza del fallo.