En mérito de todas las consideraciones antes esgrimidas, este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se concede FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada en fecha dieciocho (18) de Marzo dos mil once (2011), por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 3, LA OROTAVA, ESPAÑA, que declaró disuelto el vinculo matrimonial entre los ciudadanos JAIME VLADIMIR SERRANO SOLORZANO y JENIFER ARLETTE PALACIOS AMAYA, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nros. V-13.599.891 y V-12.912.707, respectivamente y en consecuencia el nacimiento de todos y cada uno de los derechos y deberes inherentes a la misma.
SEGUNDO.....