Fue practicada medida de embargo preventivo, sobre las cuentas corriente Nos. Nros. 4267060; 181099543; y 181213923, hasta por la cantidad de ONCE MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 11.147,97), pertenecientes a la empresa SERVICIOS DE GERENCIA HOSPITALARIA, C.A. (SGH, C.A.), del Banco Occidental de Descuento, Así mismo, por cuanto el monto embargado preventivamente no cubrió la cantidad decretada por el tribunal de la causa, la parte actora se reservó el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la demandada para una nueva oportunidad y mantener la presente comisión en su archivo, lo cual el Tribunal acordó