1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada entre las partes, en ocasión de la oferta real de pago efectuada por la entidad de trabajo COSMÉDICA C.A. a favor del (la) ciudadano(a) VISMARY MICHEL UGUETO SAAVEDRA (ambas partes suficientemente identificadas) y en consecuencia, le otorgan los efectos de cosa juzgada, a dicho mecanismo de auto composición procesal.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- Se ordena se expidan dos (02) copias certificadas de la transacción consignada, sus anexos y de la presente decisión, una para cada una de las partes, por lo cual se insta a las partes a consignar las respectivas copias fotostáticas de las referidas actuaciones.
4.- Se ordena el archivo definitivo del expediente y se declara terminado el presente procedimiento, en virtud de haberse evidenciado el pago total de lo pactado.