Este Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por las Abogadas ESTRELLA RUIZ y VASYURY VÁSQUEZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 10.728 y 66.855 respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana ZAYRA ADELA BELFORT ISTURIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.915.186. En consecuencia SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 15 de Abril de 2014, por el Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana y Nacional de Adopción Internacional.