En Consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Ciudadanos AMIR JOSE VILLALBA SARZA y GRACIELA DEL CARMEN FUENTE GLASSMAN, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de identidad N°s V.- 12.399.270 y V.- 12.625.965 respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio El Hatillo, Estado Miranda, en fecha Veintinueve (29) de Mayo de 1.998, según Acta N° 124, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, del año 1.998.
En cuanto a los niños, habidos en el matrimonio, los padres convinieron: La Patria Potestad, será ejercida por ambos progenitores y la Guarda y Custodia, será ejercida por la madre; llevando un Régimen de Visitas que permitirá al padre visitar a los niños en la dirección donde actualmente viven con la madre o en la que se señale en caso de cambio, en los días y forma siguiente: Miércoles en horas de la tarde, de 3:00 p.m. a 5:00 p.m y dos fines de semana alternos al m.....