PRIMERO: PRESCINDE de la figura del escabinato en la presente causa, como formula de participación ciudadana en el procedimiento penal venezolano y en consecuencia de ello, se constituye como Tribunal Unipersonal para el desarrollo del Juicio Oral y Público en la causa seguida en contra de los ciudadanos RICARDO GARCIA PACHECO y MANUEL IBAÑEZ ALAMO, de conformidad con las Sentencias Nº 3.744/2003, del 23 de Diciembre y, Nº 2.598/2004, del 16 de Noviembre, ambas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.-
SEGUNDO: FIJA para el día jueves 29 de Noviembre 2007, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), el acto del juicio oral y público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal.-
TERCERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud esgrimida por el ciudadano RODOLFO FLORES DUGARTE, Defensor Público Octogésimo Primero (81º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el sentido que se restituya la medida cautelar sustitutiva de la privaci.....