En mérito de la anterior exposición este Juzgado Décimo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentada por el ciudadano JOSE DANIEL GASPAR, en contra del Acto Administrativo emanado de la FUNDACIÓN VIVIENDA DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS (FUNVI-DMC), en fecha Trece (13) de Junio de 2007, y en virtud de ello, DECLINA LA COMPETENCIA, a los Juzgados Contenciosos Administrativos, para que conozcan la presente acción.-