PRIMERO: CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de Certeza de Propiedad incoada por la abogada MIRLA MARIELA GARRIDO FORTOUL, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 10.157.326 abogada en ejercicio y de este domicilio, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 193.322, de este domicilio, actuando como Apoderada Judicial del ciudadano JOSÉ FRANCISCO IBAÑEZ MARTIN PIRAN, mayor de edad, titular de la cédula N° E- 84.561.765, sobre terreno denominado FUNDO "KALAKSHÉ", que tiene una superficie de OCHO MIL CIENTO TREINTA CUATRO CON CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (8.134,92 m2), ubicada en San Antonio de Galipán, Sector "La Hacienda", Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas y que es propietario de las siguientes instalaciones, infraestructura y actividad agraria: (...)
SEGUNDO: De conformidad con el particular anterior, téngase la presente sentencia, como PROPIEDAD, de JOSÉ FRANCISCO IBAÑEZ MARTIN PIRAN, .....