SIN LUGAR la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por los ciudadanos MILAGROS DEL VALLE BUCÁN, LLINGRID EMILIA MAGALLANES PACHECO, JOHAN CARLOS URIPERO ROMERO Y RODRÍGUEZ LOLIMAR JOSEFINA, contra la empresa CONSTRUCCIONES YAMARO C.A., ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, debido a que los actores devengaban menos de tres (3) salarios mínimos actuales de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.