En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por solicitud de jubilación y otros conceptos, incoada por la ciudadana HEDDY ELIZABETH BORGES DE CHACÓN contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS ARTES (UNEARTE), en consecuencia, se ordena a la demandada conceder la jubilación, tomando en consideración para el cálculo del monto lo previsto en los artículos 7 al 10 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, el monto de la jubilación no podrá ser inferior al salario mínimo urbano decretado por el Ejecutivo Nacional y en la me.....