DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
IMPROCEDENTE la solicitud de AMPARO CAUTELAR en contra del AUTO DE ADMISION DE REENGANCHE dictado por el Inspector del Trabajo GREGORI DAVID RODRIGUES REIS, de la INSPECTORIA DEL TRABAJO MIRANDA ESTE, de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2013, expediente Nº 027-2013-01-03974,