DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). IMPROCEDENTE declarar la reposición de la causa al estado al estado de que este Tribunal remita la experticia complementaria del fallo, al Tribunal competente para conocer de toda impugnación que se haga a misma, es decir, al Juzgado Superior 4º de este Circuito Judicial del Trabajo, quien profirió en la presente causa, fecha 12-01-2012, la sentencia que ordeno la experticia complementaria de dicho fallo, la cual fue presentada por la ciudadana LENOR RIVAS, en fecha 27 de Junio de 2012, y en consecuencia, se declare la nulidad de todo lo actuado por este Tribunal de ejecución, desde la fecha en que se consignó la experticia complementaria del fallo en e.....