Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano JESÚS EDUARDO LOZANO MARTÍNEZ contra la SOCIEDAD CIVIL UNIÓN DE CONDUCTORES BARUTA CHACAÍTO EL HATILLO (LÍNEA SUR-ESTE). SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte actora.