este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declara; PRIMERO: La perención en la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO CÓRDOVA MÁRQUEZ contra la sociedad mercantil DESARROLLOS MIRADOR 4, C.A. SEGUNDO: En virtud de la perención declarada, se declara inadmisible la demanda antes señalad. TERCERO: Debido a la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. CUARTO: No se ordena la notificación de la parte actora, al encontrarse a derecho.