En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YVONNE COROMOTO ROJAS VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.852.857, se ordena al Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, estampar la nota marginal de su acta de nacimiento, señalando que donde dice: "....una niña hembra por: RAMONA ROSA VASQUEZ DE ROJAS, quien dice ser su madre, casada, de ...." Debe decir: "...."....una niña hembra por: ANA JACINTA VASQUEZ DE ROJAS, quien dice ser su madre, soltera, de ...." Y ASI SE ESTABLECE.-
Dicha acta aparece signada con el Nº 284, de los libros de nacimientos llevados en el año 1962.-
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas co.....