DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 238, peticionada por el ciudadano JOSE LUIS DA SILVA CUELLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.974.648.
SEGUNDO: Se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 238, del ciudadano JOSE LUIS DA SILVA CUELLO, en consecuencia en lo que respecta al Acta de Nacimiento referida, donde se lee "...MARIA AUGUSTA CUELLO DA SILVA..." debe leerse lo correcto "...MARIA AUGUSTA COELHO..."; que es lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registro Civil de la Parroquia San Juan Muni.....