En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado 7° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de abril de 2007. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró desistido el procedimiento, todo en el juicio incoado por el ciudadano Walter José Paiva contra la empresa Transporte Marítimo Maersk Venezuela s.a.. Tercero: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con las previsiones del artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo