PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue JOSE GREGORIO EMILIO HERNANDEZ GUZMAN contra MAIGUALIDA COROMOTO GARCÍA PATIÑO, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena la restitución en el inmueble distinguido como apartamento Nº 54, situado en la planta quinta (5ta) del edificio MARAVILA, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda, urbanización La California Norte, Municipio Sucre del Estado Miranda, a la parte demandada.
TERCERO: Se condena al demandante al pago de las costas, por haber sido vencido en la litis, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el artículo 248 eiusdem.
Habiendo sido dictado el presente fallo fuera del lapso para dictar sentencia, notifíquese a las partes.