Vista la transacción presentada en fecha veinticinco (25) de abril de dos mil doce (2012), suscrita por la parte Oferida, la ciudadana ELIDE MARIA ALVAREZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.206.308, debidamente asistido por el abogado JOSÉ ANTONIO BLANCO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 162.530, por una parte y por la otra, la abogada MARIA DANIELA VALENTE, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 162.511, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil RESTAURANT BAR MEE NAM, C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON 24/100 CENTIMOS (BS. 43.251,24), los cuales serán cancelado de la siguiente manera se entrego Cheque N° 00010494, de la Cuenta Nº 0104.0008.26.2080083394, de fecha 17/05/2012, girado contra el Banco Venezolano de Credito, a nombre de ELIDE M. ALVIAREZ R., por la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS VEINTE Y CINCO CON 62 CENTIMOS (BsF. 21......