Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto el 20-07-2016, por el profesional del derecho Nevida Vargas, en su carácter de Defensora Pública Segunda (02º) con Competencia en Materia Especial en Delios de Violencia Contra la Mujer del estado Vargas, en representación del ciudadano MICHAEL ENRIQUE SALAZAR MAYORA, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas del estado Vargas, de fecha 15 de julio de 2016, mediante la cual decretó MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION DE LIBERTAD, prevista en el articulo 242, numeral 3º y 8º consis.....