DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA CONSULTA OBLIGATORIA planteada por el Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana JOSEFINA SACCOTELLI DE RICCI contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL UNEFA. TERCERO: Se ordena a la parte demandada a cancelar los conceptos determinados en la parte motiva del fallo. CUARTO: No hay condenatoria en costa en virtud de la naturaleza del fallo. Se ordena la notificación a las partes demandada, a los fines de salvagua.....