"...Visto el recibo y vouchers bancarios consignados por la representante de la parte demandada y las exposiciones de las partes, este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, en primer lugar acuerda agregar a la presente acta el recibo consignado así como los vouchers bancarios, identificados up supra; Segundo: Observa que en la comisión, el Tribunal Comitente ordena lo siguiente: "...Que si al momento de practicar la medida, la parte demandada acreditare el cumplimiento de su obligación, mediante recibos hagan presumir el pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2008, deberá abstenerse de practicar la misma",(/negritas y subrayado de este Tribunal); en consecuencia, este Juzgado en cumplimiento de la comisión y por cuanto se considera que la parte demandada ha consignado recibos que hacen presumir el pago de los cánones de arrendamiento indicados en la comisión, se abstuvo de practicar la medida de Secuestro comisionada y ordeno la de.....