En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la empresa ALSTOM DE VENEZUELA S.A. contra Informe Complementario de Investigación de Accidente Nº MIR09-0421, de fecha 12/01/2011, emanados por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor del ciudadano José Guillermo Booz Olivo, titular de la cedula de identidad Nº V-16.299.909.. Así se decide. Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela, Al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral, a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda. .....