Por todas las consideraciones precedentes, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA de este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la presente acción, incoada por la por la representación judicial de la empresa INSPECCIONES MECIELEC C.A., en contra del Acto Administrativo de Fecha 08 de febrero de 2007 Dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. Segundo: Una vez vencido el lapso previsto para el ejercicio del recurso para la regulación de competencia, se ordena remitir mediante oficio el presente expediente a los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo de esta misma Circunscripci.....