(...)En consecuencia, este Tribunal, POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana y las leyes vigentes; HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional en cuanto que se tiene por pagados los conceptos que puedan corresponder al Oferido en virtud del vinculo laboral que unió a las partes; sin menoscabo de sus derechos constitucionales que le corresponden al extrabajador antes identificado, toda cláusula del presente convenio o acuerdo transaccional que sea contradictorio y atente contra el referido principio de Irrenunciabilidad de los derechos laborales de los Trabajadores y las Trabajadoras se declara NULO . Se ordena agregar a los autos el presente escrito. Se ordena el archivo y cierre informático del expediente(...)