“…en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Embargado Ejecutivamente el siguiente bien inmueble: Un (01) apartamento distinguido con el número y letra 6-A, ubicado en piso 3, del Edificio “A” que forma parte del Conjunto Residencial “RESIDENCIAS LA CIMA”, Calle Chivacoa de la Urbanización San Román, Municipio Baruta del Estado Miranda…”