Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos VICTOR MANUEL NAVARRO FIGUERA y LENNY MARGARITA LIMA PALACIOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.699.003 y V-13-109.719 respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 24 de Noviembre de 1989, por ante el la Primera Autoridad Civil del Municipio Plaza del Estado Miranda, quedando asentado dicho acto en Acta N° 155, del Libro de Matrimonios del año 1989 llevados por ésa oficina. En cuanto a la adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), habida del m.....