A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los ciudadanos MARÍA ALEJANDRA FRANCIS GUTIERREZ y JOSÉ GREGORIO NIEVES AGUILERA, titulares de las cédulas de identidad números: V-16.247.757 y V-13.380.170, respectivamente; en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contrarios al orden público o las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en los artículos 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil.