Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana ZAIDA YEBILDA MONTIEL contra la empresa INVERSIONES 0501, C.A. SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo, INVERSIONES 0501, C.A. a cancelar a la actora, los conceptos señalados en la parte motiva del fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costas vista la naturaleza del fallo.