En razón a las anteriores consideraciones y en cumplimiento a lo ordenado por la Superioridad, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL propuesto por el ciudadano JOSE NICOLAS MARTINEZ CELIS, contra la UNIVERSIDAD SANTA MARIA, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en un Tribunal Superior Contencioso Administrativo de esta misma Circunscripción Judicial, que resulte distribuido. Remítanse las presentes actuaciones, con oficio al Tribunal Distribuidor correspondiente. Líbrese oficio.-