En consideración a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 10 de mayo de 2016 (F.130), por la abogada Inés Martín Martel, en su condición de defensora judicial de la parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 31 de marzo de 2016 (F.119-122), por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se declara LA NULIDAD DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES ocurridas con motivo al presente juicio de divorcio, a partir del 10 de agosto de 2015, inclusive y se ordena la reposición de la presente ca.....