DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: LA PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello, EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por COBRO EN MONEDA EXTRANJERA incoara la sociedad de comercia AGRICORP HOLDING CORPORATION, en contra en contra de la sociedad mercantil GRANJA AGRICOLA, C.A., ambas partes identificadas en el encabezado del presente fallo.