Por las razones antes expuestas este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra sentencia de fecha 10/07/2013 emanada del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano DOUGLAS DAVID SANCHEZ ZABALA, en contra de la Entidad de Trabajo ASOCIACIÓN COOPERATIVA SOPORTEMOV R.S., por motivo de cobro de prestaciones sociales, en consecuencia se ordena a la demandada, al pago de los conceptos laborales expresados en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de un experto contable a los fines de cuantificar ec.....