imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción Judicial celebrada entre el abogado Jonathan Domínguez Díaz, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano José Rafael Requena, por una parte y por la otra, las abogadas Iris Medina de García y Tamara Succurro González, actuando en sus caracteres de apoderadas judiciales de la parte actora, sociedad mercantil Grupo Italsaib C.A., mediante escrito presentado en fecha 29.02.2008, en los mismos términos expuestos por las partes y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil