Finalmente, se deja constancia que ambas partes acuerdan: 1º Reincorporar a la parte Actora a partir del 05-03-2009; 2º Pagar los salarios dejados de percibir equivalentes a la cantidad de Bs.F.950,00; 3º Reincorporar al Trabajador en el cargo de Mesonero con el salario de Bs.F.950,00 mensuales. Igualmente, vencido el lapso de cinco días hábiles a partir de la fecha de reincorporación y conste en autos el pago supra señalado, este Tribunal ordenará dar por terminado el presente procedimiento. Es todo.-