DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara. PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES fue intentada por BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. contra sociedad mercantil SIM-ONE, C.A. y el ciudadana CARLOS ANDRÉS COVA CHIMARAS. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de CIEN MIL CIENTO OCHO BOLÍVARES FUERTES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. F. 100.108,30), por concepto del saldo del capital entregado en préstamo aún sin cancelar. TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la suma de CINCUENTA MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. F. 50.187,63).....