Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ISABEL CARDONA, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 5.205.049 contra ciudadana VESNA PETROVIC VOLF. SEGUNDO: SIN LUGAR LA RECONVENCION propuesta por la ciudadana VESNA PETROVIC VOLF contra ISABEL CARDONA. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte demandante-reconvenida a pagar a la parte demandada-reconviniente las costas que corresponde a la demanda principal por haber sido vencida. CUARTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte demandada-reconviniente a pagar a.....