DECISION
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°)de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley declara:
UNICO: Se HOMOLOGA LA TRANSACCION presentada por las partes en la presente causa, la entidad de trabajo QUO VADIS, C.A AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO, la cual asciende a la cantidad de MIL SEISCIENTOS DOLARES AMERICANOS ($. 1.600,00), el cual fue debidamente recibido en esta misma fecha por la parte actora ciudadana LUISANA ELENA VIVAS ZERPA, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°. V-16.473.669, en efectivo, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y E.....