Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda Fijación de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana RLEC, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.343.256, actuando en nombre y representación de su hijo XXXX, de un (01) año de edad, debidamente asistido por la Abogado LORENA RON, en su carácter de Defensora Pública Décima Tercera (13°) de la Unidad de Protección del Niño y del adolescente de la Defensa Pública en el Área Metropolitana de Caracas, contra el ciudadano YMPL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.179.512. En consecuencia se fija como obligación alimentaria mensual la cantidad de (0,04) salarios mínimos urbanos, lo que equivale a la cantidad de SESENTA MIL BOLI.....