En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Demanda por Cobro de PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano JOSE MANUEL ANDRADE contra PDV MARINA, S.A FILIAL DE PDVSA. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte accionante de conformidad con lo establecido en el Art. 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los cuatro (04) Días del Mes de junio de Dos Mil Siete (2007). Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.