DISPOSITIVA
En mérito de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONMUTA EL RESTO DE LA PENA que le falta por cumplir al penado MACKELLY ALEXANDER RINCONES PEREIRA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 03-02-971, de 36 años de edad, de Estado Civil Casado, de profesión u oficio Buhonero, hijo de Ovidio Rincones y Julia Pereira y titular de la Cédula de Identidad N°: V-11.200.324, en CONFINAMIENTO, todo en virtud de encontrarse llenos los extremos a que se refiere el artículo 53 del Código Penal y artículo 56 del mismo Texto Legal, y que cumplirá en su totalidad en fecha 08 de Enero de 2009 a las 10:00 a.m. Así se decide.-
Regístrese, déjese copia, Ofíciese lo conducente, notifíquese a las partes y Líbrese la respectiva .....