En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de la acción y del procedimiento en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES interpuso la sociedad mercantil ZURICH SEGUROS, S.A., identificada en autos, contra la sociedad mercantil ALMACENADORA BRAPERCA, C.A; TOTAL MARINE CORPORATION, C.A. y EVERGREEN MARINE (UK), LTD, también identificada en autos. Se ordena el archivo del expediente.
En cuanto a la solicitud de las copias certificadas, este Tribunal acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse las copias.