Pues bien, oída la planificación del auxiliar de justicia, esta Juzgadora pasa a establecer que se requiere una (1) hora por la realización de la misma, en consecuencia visto que el valor de la unidad tributaria actual es de Bs. 127,00, pues bien, al multiplicar el valor de esta por 8 horas que es el valor de la hora hombre según el citado Instrumento referencial de Honorarios mínimos de Contadores Públicos, esto da la cantidad de Bs. 1.016,00; y al multiplicar esta cantidad por 1 hora, da la cantidad de MIL DIECISÉIS BOLÍVARES (Bs. 1.016,00); monto en el cual este Juzgado fija los honorarios del auxiliar Eugenio Gamboa. Así se establece
Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la parte demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dichos auxiliares de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial. Una vez hayan cumplido su labor será.....