Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre de los ciudadanos MIGUEL EDUARDO NIEMTSCHIK LANZA y ADRIANA ROSA HERNÀNDEZ NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.734.194 y 15.164.301 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 10 de febrero de 2007, según consta de Acta de Matrimonio Nº 26, del libro de matrimonios correspondientes al año 2007.
Liquídese la comunidad conyugal.