Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ADMITE la inhibición presentada por la Jueza Otilia Caufman, conforme a lo previsto en el numeral 7 del artículo 89 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en el asunto Nº AP01-P-2009-027424 (nomenclatura del Juzgado a quo), seguida en contra del ciudadano Williams José Mendoza González, titular de la cédula de identidad Nº V-18.183.071.
Regístrese, notifíquese a la Jueza inhibida y déjese copia de la presente dec.....